viernes, 3 de marzo de 2017

Principio de Objetividad

OBJETIVIDAD

      Es la imparcialidad y actuación sin prejuicios. Este principio se aplica especialmente cuando se trata de certificar, dictaminar u opiniones sobre los estados financieros de cualquier entidad y esta ligado íntimamente con el principio de independencia. La objetividad representa para los auditores, la capacidad de éstos para mantener una actitud imparcial, libre de todo sesgo para tratar todos los asuntos que pueden bajo su análisis y estudio. Este principio ético implica que el auditor en manera alguna subordinara su criterio a la opinión de sus clientes.
(a) los contadores profesionales están expuestos a situaciones que envuelven la posibilidad de que sobre ellos se ejerzan presiones. Esas presiones pueden menoscabar la objetividad.
(b) es impracticable definir y prescribir todas situaciones en las que pueden existir esas presiones posibles. Debe prevalecer la racionabilidad en el establecimiento de estándares para identificar las relaciones que probablemente, o puedan padecerlo, lesionen la objetividad de un contador profesional.
(c) deben evitarse las relaciones que generen prejuicio, sesgo o influencia de otros para menoscabar la objetividad.
(d) los contadores profesionales tienen la obligación de asegurar que el personal o los servicios profesionales contratados se adhieren al principio de objetividad.




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